En un ERTE, los trabajadores son pagados por el Estado a través de la administración correspondiente, que generalmente es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
El ERTE es una medida que se ha implementado durante la crisis del COVID-19 para hacer frente a las dificultades económicas que muchas empresas están experimentando. En un ERTE, las empresas suspenden temporal o parcialmente los contratos de sus trabajadores, lo que implica que estos trabajadores no realizan su trabajo habitual y no reciben su salario completo.
El Estado, a través del SEPE, paga a los trabajadores afectados por el ERTE una cantidad equivalente a un porcentaje de su salario, que generalmente oscila entre el 70% y el 100% de la base reguladora. Esta base reguladora se calcula en función de los últimos 180 días cotizados por el trabajador.
Es importante tener en cuenta que el pago del ERTE no es instantáneo y puede demorarse debido a la gran cantidad de solicitudes que está recibiendo el SEPE. Sin embargo, una vez aprobada la solicitud, el trabajador recibirá los pagos correspondientes retroactivamente desde la fecha en que se inició el ERTE.
Además del salario pagado por el SEPE, algunos convenios colectivos o acuerdos entre la empresa y los trabajadores pueden establecer el pago de complementos o indemnizaciones adicionales durante el periodo de suspensión o reducción de empleo. Estos pagos adicionales, si los hubiera, correrían a cargo de la propia empresa o del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) en casos de insolvencia de la empresa.
En resumen, en un ERTE, los trabajadores son pagados por el Estado a través del SEPE, recibiendo una cantidad que oscila entre el 70% y el 100% de su base reguladora. El pago puede demorarse, pero será retroactivo desde la fecha de inicio del ERTE. Además del salario del SEPE, algunas empresas pueden hacer pagos adicionales según los convenios colectivos o acuerdos establecidos.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es la entidad encargada de gestionar y realizar los pagos en los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). En un ERTE, las empresas pueden solicitar la suspensión temporal de los contratos de sus trabajadores debido a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
El SEPE, a través del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), se encarga de abonar las prestaciones por desempleo a los trabajadores afectados por un ERTE. El porcentaje que el SEPE paga en un ERTE varía en función del tipo de ERTE y las circunstancias específicas de cada caso.
En general, el SEPE paga el 70% de la base reguladora de la prestación por desempleo durante los primeros 180 días de la suspensión temporal del contrato. A partir del día 181 hasta el final del ERTE, el porcentaje se reduce al 50% de la base reguladora.
Es importante destacar que los trabajadores no recibirán una prestación por desempleo superior al 100% de su base reguladora, por lo que si el 70% o el 50% de esta cantidad supera su sueldo habitual, se les abonará el importe correspondiente a su sueldo previo a la suspensión temporal del contrato.
Además del porcentaje mencionado, el SEPE también paga el 100% de la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes mientras dure el ERTE. Esto significa que tanto el trabajador como la empresa continúan cotizando a la Seguridad Social durante la suspensión temporal del contrato.
En resumen, el SEPE paga el 70% o el 50% de la base reguladora de la prestación por desempleo, dependiendo del tiempo de duración del ERTE. Además, se encarga de abonar el 100% de la cotización a la Seguridad Social durante todo el tiempo que dure el ERTE.
En un ERTE, la cotización a la Seguridad Social se realiza de manera diferente a la cotización normal. Durante el periodo de suspensión o reducción de la jornada laboral, tanto los trabajadores como las empresas siguen cotizando a la Seguridad Social, pero en una proporción diferente.
En el caso de los trabajadores, la cotización se basa en el salario que tenían antes del ERTE. La base de cotización se calcula aplicando un porcentaje al salario bruto mensual del trabajador. Este porcentaje puede variar dependiendo del tipo de ERTE y del sector al que pertenezca la empresa.
Es importante destacar que durante un ERTE, solo se cotiza por la parte proporcional del salario que se mantenga. Es decir, si la jornada de trabajo se reduce a la mitad, la cotización a la Seguridad Social también se reduce a esa misma proporción. Es necesario tener en cuenta que, a pesar de la reducción de la jornada, se siguen manteniendo derechos como la prestación por desempleo, la cobertura de enfermedad y accidentes laborales, entre otros.
Por otro lado, las empresas también tienen que seguir cotizando a la Seguridad Social durante el ERTE. La cotización empresarial se calcula en base a la suma de los salarios brutos de los trabajadores afectados por el expediente. Es importante mencionar que el porcentaje de cotización también puede variar dependiendo del tipo de ERTE y del sector al que pertenezca la empresa.
En resumen, durante un ERTE, tanto los trabajadores como las empresas siguen cotizando a la Seguridad Social, pero en una proporción diferente. Es fundamental tener en cuenta que, a pesar de la suspensión o reducción de la jornada laboral, se siguen manteniendo derechos y coberturas como la prestación por desempleo y la cobertura de enfermedad y accidentes laborales. Además, las empresas también deben cumplir con sus obligaciones de cotización durante este periodo.
Un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) supone para una empresa una medida que le permite hacer frente a situaciones de crisis o dificultades económicas de forma temporal, estableciendo una suspensión o reducción de la jornada laboral de sus empleados.
En primer lugar, un ERTE supone una herramienta que ayuda a la empresa a ajustar su plantilla de forma temporal, evitando la necesidad de llevar a cabo despidos y garantizando la continuidad de la empresa.
Además, un ERTE supone una reducción de los costes laborales para la empresa, ya que permite suspender o reducir temporalmente los contratos de trabajo, lo que implica un ahorro en salarios y cotizaciones sociales.
Otro aspecto importante es que un ERTE supone una flexibilidad para ajustar la actividad empresarial a las necesidades del momento. Durante un ERTE, la empresa tiene la capacidad de adaptarse a la demanda del mercado, ajustando los recursos humanos a la situación actual.
Es necesario tener en cuenta que, aunque un ERTE suponga una suspensión o reducción de la jornada laboral, los empleados no pierden su vinculación con la empresa, manteniendo sus derechos y su contrato de trabajo.
Finalmente, es importante destacar que un ERTE supone una medida temporal, por lo que una vez superada la situación de crisis o dificultad económica, la empresa debe reincorporar a los empleados afectados y retomar la normalidad en su actividad laboral.
El 30 por ciento del ERTE es pagado por el empleador, es decir, la empresa o la entidad responsable del trabajador. Este porcentaje corresponde a la cotización social que normalmente estaría a cargo del empleador, pero que durante el ERTE pasa a ser responsabilidad de este último.
En un ERTE, el Estado asume el pago de la prestación por desempleo, que corresponde al 70 por ciento de la base reguladora del trabajador. Sin embargo, el 30 por ciento restante, correspondiente a las cotizaciones sociales, debe ser abonado por la empresa.
Es importante señalar que el empleador tiene la obligación de pagar el 30 por ciento de las cotizaciones sociales durante todo el periodo del ERTE. Esto significa que aunque la duración del ERTE sea corta, la empresa deberá cumplir con el pago de esta porción de manera continua hasta su finalización.
El objetivo de que el empleador asuma este porcentaje del pago es fomentar la continuidad de los trabajadores en sus puestos de trabajo, evitando así despidos masivos ante situaciones como la crisis económica o pandemias como la del COVID-19.
Para asegurar el cumplimiento de esta obligación, se establecen distintos mecanismos de control y sanciones en caso de incumplimiento. Por ejemplo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede realizar visitas y auditar documentación para verificar el pago correcto de las cotizaciones sociales.
En resumen, durante un ERTE, el empleador asume el pago del 30 por ciento de las cotizaciones sociales, mientras que el Estado se encarga del 70 por ciento restante correspondiente a la prestación por desempleo. Esto se hace con el objetivo de proteger el empleo y garantizar la continuidad laboral de los trabajadores.