¿Quién está obligado a presentar el modelo 140?

El modelo 140 es un documento tributario utilizado en España para declarar los ingresos obtenidos por las comunidades de propietarios. Pero, ¿quién está obligado a presentarlo?

En primer lugar, se debe presentar el modelo 140 si la comunidad de propietarios tuvo ingresos durante el año fiscal anterior. Esto incluye los ingresos obtenidos por alquilar espacios comunes, como garajes o trasteros, y por el cobro de cuotas del propietario.

También están obligadas a presentar el modelo 140 las comunidades de propietarios que realizaron operaciones que conllevaron el devengo del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en el año fiscal anterior. Este es el caso cuando se realizan obras o mejoras en el edificio en el que se encuentra la comunidad de propietarios.

Por último, si la comunidad de propietarios ha tenido ingresos y no ha presentado el modelo 347, también está obligada a presentar el modelo 140. El modelo 347 es una declaración donde se informa de las operaciones con terceros, por lo que si la comunidad no la ha presentado, puede haber ingresos que no se hayan notificado a Hacienda.

En resumen, si la comunidad de propietarios ha tenido ingresos por cuotas de propietarios, alquiler de espacios comunes, obras o mejoras, o no ha presentado el modelo 347, está obligada a presentar el modelo 140.

¿Quién tiene que presentar el modelo 140?

El modelo 140 es un formulario que se utiliza para declarar la retención e ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). Este modelo debe ser presentado por aquellas personas físicas o jurídicas que tengan que retener el IRNR cuando abonan un rendimiento a una persona no residente en España.

Es importante tener en cuenta que la retención del IRNR es obligatoria en determinadas circunstancias, tales como las rentas procedentes de bienes inmuebles situados en España o de actividades económicas desarrolladas en territorio español sin establecimiento permanente.

Además, es necesario presentar el modelo 140 antes del día 20 del mes siguiente al período de liquidación en el que se haya realizado la retención correspondiente, de forma que se pueda cumplir adecuadamente con las obligaciones tributarias correspondientes.

En definitiva, las personas o entidades que retienen y abonan rendimientos a no residentes en España deben presentar el modelo 140 para declarar e ingresar el IRNR correspondiente. De esta forma, se puede garantizar un correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales y evitar posibles sanciones o multas por parte de la administración tributaria.

¿Cuándo hay que presentar el 140?

El formulario 140 es uno de los formularios más importantes que deben presentar los contribuyentes que realizan una actividad económica en España. Este documento es el encargado de recopilar información sobre las operaciones económicas realizadas por el contribuyente durante el año fiscal correspondiente.

El plazo para presentar el formulario 140 varía según diferentes factores. Lo primero que hay que tener en cuenta es la fecha de finalización del ejercicio fiscal correspondiente, ya que esto determinará el momento en que se debe presentar el formulario. En general, el plazo de presentación del formulario 140 abarca desde el 1 de enero hasta el 30 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal.

No obstante, existen excepciones en las que el plazo de presentación puede variar. Por ejemplo, para las empresas que realicen su contabilidad por trimestres, el plazo de presentación del formulario 140 es diferente y deberá presentarse en un plazo de 25 días naturales a contar desde la finalización del trimestre correspondiente.

Es muy importante seguir el calendario tributario correspondiente y realizar la presentación del formulario 140 dentro de los plazos establecidos. En caso contrario, el contribuyente podría enfrentar penalizaciones o sanciones por parte de la administración tributaria, lo que podría afectar su situación financiera y reputación empresarial.

¿Quién tiene derecho a los 100 euros por maternidad?

El Gobierno español aprobó recientemente una medida para otorgar un subsidio de 100 euros por maternidad a madres trabajadoras. Este subsidio está destinado a aquellas mujeres que hayan tenido un hijo a partir del 1 de enero de 2019 y que hayan cotizado durante al menos 180 días en los últimos 7 años antes del nacimiento del niño.

El objetivo de esta medida es fomentar la igualdad de género en el ámbito laboral y ayudar económicamente a las madres trabajadoras que sufren una disminución de ingresos al tener que ausentarse del trabajo por motivos de maternidad.

Además, el subsidio también se extiende a aquellas mujeres que se encuentran en situación de desempleo en el momento del nacimiento de su hijo, siempre y cuando hayan cotizado durante un mínimo de 360 días en los últimos 7 años.

Es importante señalar que este subsidio es incompatible con otras prestaciones económicas, como por ejemplo el permiso de maternidad remunerado. Asimismo, no podrán solicitarlo aquellas madres que ya tengan acceso a permisos remunerados por maternidad.

En resumen, aquellas madres trabajadoras que hayan tenido un hijo a partir del 1 de enero de 2019 y hayan cotizado durante al menos 180 días en los últimos 7 años, así como aquellas en situación de desempleo que hayan cotizado durante un mínimo de 360 días, tienen derecho a solicitar el subsidio de 100 euros por maternidad.

¿Cuándo se deja de cobrar la deducción por maternidad?

La deducción por maternidad es un beneficio económico que el Gobierno de España otorga a las mujeres trabajadoras con hijos menores de tres años. Esta ayuda se puede reclamar mediante la declaración de la renta y consiste en una deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción no se recibe automáticamente, sino que hay que solicitarla mediante el modelo 140 de la Agencia Tributaria. Además, es necesario cumplir una serie de requisitos para poder acceder a ella, como tener un hijo menor de tres años a cargo, estar trabajando y tener unos ingresos anuales inferiores a 25.620 euros si se trata de una familia monoparental o a 41.536 euros si es una unidad familiar completa.

En cuanto a la pregunta principal, esta ayuda se deja de cobrar cuando el hijo cumple los tres años. A partir de ese momento, ya no será posible reclamar la deducción por maternidad en la declaración de la renta. Sin embargo, si la madre tiene más hijos menores de tres años en el futuro, podrá volver a solicitar el beneficio.

Por último, es importante destacar que la deducción por maternidad no es la única ayuda que existe para las familias con hijos. Otras ayudas incluyen la prestación por nacimiento y cuidado de hijo, las ayudas por hijo a cargo, las ayudas por familia numerosa, entre otras. Por tanto, es recomendable informarse sobre todas las opciones disponibles y consultar con un profesional en materia fiscal para aprovechar al máximo las ayudas disponibles.

Otros artículos sobre Contabilidad