Antes de contratar a una empleada doméstica, es importante tener en cuenta cuál es el tipo de contrato que se le puede hacer. En primer lugar, se puede realizar un contrato de trabajo temporal. Este contrato establece una duración determinada del trabajo, por ejemplo, para cubrir un periodo de vacaciones o para trabajar en un evento específico que tenga una fecha de inicio y finalización.
En segundo lugar, se puede hacer un contrato de trabajo indefinido. Este tipo de contrato no tiene una fecha de finalización establecida y se extiende hasta que el empleador o la empleada decidan terminar el contrato.
Por último, existe la posibilidad de hacer un contrato por horas. Este contrato establece una cantidad de horas a la semana o al mes que la empleada doméstica debe trabajar, y se paga de acuerdo a las horas trabajadas. Este tipo de contrato es utilizado comúnmente cuando se necesita una ayuda en el hogar de forma esporádica o para realizar tareas específicas.
Es importante tener en cuenta que, independientemente del tipo de contrato que se le haga a una empleada doméstica, se deben cumplir todas las obligaciones y derechos establecidos por la ley. Uno de los derechos más importantes es el pago de seguro social, que protege a la empleada en caso de enfermedad o accidente durante el trabajo.
En conclusión, el tipo de contrato que se le puede hacer a una empleada doméstica puede variar dependiendo de las necesidades del empleador. Sin embargo, es fundamental cumplir con las obligaciones establecidas por la ley y ofrecer condiciones justas y seguras para la empleada.