Las empleadas de hogar son aquellas personas que realizan tareas domésticas en hogares particulares, tales como la limpieza, la cocina y el cuidado de niños y ancianos. El régimen de las empleadas de hogar se rige por el Real Decreto 1620/2011, que establece las condiciones laborales para este sector.
El régimen de las empleadas de hogar establece que estas trabajadoras tienen derecho a un contrato laboral por escrito, en el que se describan sus funciones y horarios de trabajo. También deben percibir un salario mínimo y tener derecho a la seguridad social, lo que implica que el empleador debe realizar las cotizaciones necesarias a la Seguridad Social.
En cuanto a los horarios, el régimen de las empleadas de hogar establece una jornada laboral máxima de 40 horas semanales, con un máximo de 9 horas diarias. Además, tienen derecho a un día de descanso semanal y a un mínimo de 30 días de vacaciones al año.
En resumen, el régimen de las empleadas de hogar establece una serie de condiciones laborales que deben ser respetadas por los empleadores para garantizar los derechos de estas trabajadoras. Es importante tener en cuenta que el incumplimiento de estas normativas puede dar lugar a sanciones económicas y penales para el empleador.
Las empleadas de hogar, al igual que cualquier otro trabajador, tienen derecho a estar afiliadas a la Seguridad Social y contar con todas las prestaciones asociadas a esta. Sin embargo, a diferencia de otros trabajadores, la obligación de pagar la Seguridad Social de las empleadas de hogar puede recaer tanto en el empleador como en la propia empleada.
Según la ley vigente, si la empleada trabaja menos de 60 horas al mes en un mismo domicilio, ella misma es responsable de pagar su propia Seguridad Social. Si trabaja más de ese número de horas en un solo hogar, la responsabilidad de pagar la Seguridad Social recae en el empleador, quien debe hacerse cargo de abonar la cuota correspondiente y realizar todas las gestiones necesarias.
Cabe destacar que la Seguridad Social de las empleadas de hogar incluye, además de la asistencia sanitaria y las prestaciones por jubilación o incapacidad, otros derechos como el derecho a la baja por maternidad o a la reducción de jornada para cuidar a un hijo menor de 12 años. Por lo tanto, es importante que tanto empleados como empleadores conozcan bien sus obligaciones y derechos en relación a la Seguridad Social de las empleadas de hogar.
Si has decidido contratar a una empleada de hogar para que te ayude con las tareas del hogar, es importante que sepas cómo se cotiza por este trabajo. En España, las empleadas de hogar están incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social, y por tanto, deben cotizar como cualquier otro trabajador.
Para empezar, debes calcular el salario bruto anual que le vas a pagar a tu empleada de hogar. Es importante que sepas que el salario mínimo interprofesional (SMI) es la cantidad mínima que debe ganar cualquier trabajador en España, incluidas las empleadas de hogar. En 2021, el SMI es de 950€ al mes, por lo que si contratas a una empleada de hogar a tiempo completo (40 horas semanales), deberás pagarle al menos 13.300€ brutos anuales.
Además del salario, tendrás que pagar las cotizaciones a la Seguridad Social. La empleada de hogar tiene que estar dada de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar de la Seguridad Social, ya sea a través de la modalidad de “hogar convencional” o de “hogar no convencional”. El empleador deberá pagar el 21,35% de la base de cotización, mientras que la empleada de hogar deberá abonar el 4,85%. Es importante destacar que, si eres un particular (es decir, si no eres una empresa), puedes solicitar una reducción del 20% en las cotizaciones a la Seguridad Social.
Finalmente, tendrás que realizar la declaración trimestral del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), en la que deberás incluir las retenciones que hayas practicado sobre el salario de la empleada de hogar, así como cualquier deducción a la que tengas derecho (como la mencionada reducción del 20% en las cotizaciones a la Seguridad Social). Si tienes alguna duda sobre cómo realizar esta declaración, puedes acudir a un asesor fiscal o utilizar las herramientas que ofrece la Agencia Tributaria.
En España, la ley establece que la contratación de empleados de hogar debe ser regida por las normas del Régimen Especial de la Seguridad Social. Es decir, cualquier persona que contrate a un empleado de hogar para prestar sus servicios en su casa, está obligada a darle de alta en la Seguridad Social.
Para ello, la normativa establece que se debe proceder al alta en la Seguridad Social en el momento en el que el empleado supere las 60 horas mensuales. Así pues, cualquier persona que contrate a un empleado de hogar y este preste sus servicios durante más de seis horas al mes, deberá darle de alta en la Seguridad Social.
Es importante destacar que este número no es acumulable. Es decir, si un empleado de hogar trabaja cuatro horas al mes durante quince días, deberá ser dado de alta en la Seguridad Social a pesar de no haber superado las 60 horas mensuales. En este caso, solo se contarán las horas trabajadas en el mes en curso.
Además, es importante tener en cuenta que también deberá ser dado de alta en la Seguridad Social cualquier empleado que realice trabajos esporádicos y no habituales, como por ejemplo una limpieza puntual o cuidado de niños durante un fin de semana.
Si eres empleada de hogar y trabajas 20 horas semanales, deberás pagar una cantidad determinada por la Seguridad Social. Es importante conocer este dato para poder calcular tus ingresos y gastos mensuales.
La cantidad que tendrás que pagar dependerá de tu salario base y del tipo de contrato que tengas. En general, el salario base es la cantidad que se acuerda entre empleador y empleado antes de impuestos y descuentos. También se puede tener en cuenta los pluses que se acuerden, como el de transporte o alimentación.
En cuanto al tipo de contrato, pueden ser de duración determinada, indefinidos o temporales. Los contratos temporales son aquellos que se firman por una duración determinada y suelen tener una fecha de finalización.
En cuanto a la cantidad que se paga, para el año 2021 un empleado de hogar con un salario base de 950€ al mes (20 horas semanales), y un contrato indefinido, deberá pagar 125,51€ al mes a la Seguridad Social. Este monto incluye la base de cotización del 28,30% y la aportación por contingencias comunes del 4,70%.
Recuerda que el pago de la Seguridad Social es un aspecto importante a tener en cuenta para cualquier trabajo, y en el caso de trabajadores de hogar, también es importante tener en cuenta el Convenio Especial que permite estar cubierto por la seguridad social aún sin tener un empleador primario.