¿Cuando se está obligado a presentar el modelo 720?

El modelo 720 es una declaración informativa que deben presentar los contribuyentes españoles que tengan bienes y derechos en el extranjero por un valor superior a 50.000 euros. Esta obligación afecta tanto a personas físicas como jurídicas residentes en España.

Los bienes y derechos a declarar incluyen cuentas bancarias, valores, seguros, inmuebles y cualquier otro bien mueble o inmueble ubicado en el extranjero. Además, también se deben declarar las participaciones en sociedades, fideicomisos y cualquier otro tipo de entidad jurídica no residente en España en la que se tenga una participación superior al 50%.

Es importante destacar que la obligación de presentar el modelo 720 afecta a todas las personas que cumplan con los requisitos, incluso si no tienen obligación de presentar el impuesto sobre la renta o el impuesto sobre el patrimonio.

La presentación del modelo 720 se realiza por vía electrónica, a través de la página web de la Agencia Tributaria, durante el primer trimestre del año. Las sanciones por no presentar o presentar de forma incorrecta el modelo 720 son muy elevadas, por lo que es importante cumplir con esta obligación en tiempo y forma.

En caso de tener dudas o necesitar ayuda en la presentación del modelo 720, se recomienda acudir a un profesional especializado en materia fiscal. De esta forma, se puede evitar posibles errores que puedan derivar en sanciones económicas importantes.

¿Cuando no hay que presentar el modelo 720?

El modelo 720 es una declaración informativa que deben presentar todos aquellos contribuyentes que tengan bienes y derechos en el extranjero por un valor superior a los 50.000 euros.

Sin embargo, hay casos en los que no es necesario presentar este modelo. Por ejemplo, si los bienes en el extranjero son propiedad de una empresa en la que el contribuyente tenga participación, pero no de forma individual.

También hay excepciones en el caso de bienes inmuebles que se encuentren en el extranjero, ya que no se deben declarar si se trata de una vivienda habitual o si se han obtenido como resultado de una herencia o donación y no se ha realizado ninguna acción comercial con ellos.

Por otro lado, no es necesario presentar el modelo 720 en situaciones en las que se cuenta con una cuenta bancaria en el extranjero, siempre y cuando la entidad bancaria haya cumplido ya con la obligación de declarar dichos datos a la Hacienda española.

En última instancia, debemos tener en cuenta que el no presentar el modelo 720 cuando sí se debería puede suponer importantes sanciones económicas y problemas con el fisco.

¿Quién tiene obligación de presentar el modelo 720?

El modelo 720 es una declaración informativa que deben presentar los residentes fiscales en España para informar sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Este modelo fue introducido en 2012 y ha sido objeto de controversia desde entonces.

La obligación de presentar el modelo 720 corresponde a aquellos contribuyentes que residan en España y posean bienes y derechos en el extranjero que superan los límites establecidos por la Ley.

Es importante destacar que existe una serie de bienes y derechos que no están sujetos a la obligación de presentar el modelo 720, como es el caso de aquellos que se encuentren en otro país de la Unión Europea o en países con los que España tenga firmado un convenio para evitar la doble imposición.

La presentación del modelo 720 debe realizarse en el primer trimestre del año siguiente al que se refiere la declaración y su incumplimiento puede acarrear importantes sanciones económicas.

En conclusión, quienes residan en España y posean bienes y derechos en el extranjero deben estar atentos a las obligaciones fiscales establecidas por la Ley para evitar posibles sanciones económicas. Si tienes dudas sobre si estás obligado a presentar el modelo 720, es recomendable que consultes con un asesor fiscal.

¿Qué pasa si no hago el 720?

El 720 es una declaración fiscal anual que deben presentar los ciudadanos y empresas que tengan activos en el extranjero por un valor mayor a 50.000 euros.

De no presentar esta declaración, se estaría incurriendo en una falta ante la Agencia Tributaria, lo que podría resultar en el inicio de un procedimiento sancionador que culminaría con la imposición de multas por no cumplir con la normativa tributaria correspondiente.

Además, el no presentar el 720 también podría provocar un aumento de la probabilidad de sufrir una inspección fiscal por parte de la Agencia Tributaria. Si se detecta que no se ha presentado el 720, el contribuyente podría enfrentarse a multas, recargos y sanciones por no haber presentado su declaración tributaria en el plazo establecido.

Por otro lado, el no presentar el 720 también podría implicar problemas en caso de querer vender alguno de los activos situados en el extranjero. Si se quiere llevar a cabo la venta de alguno de esos activos, los funcionarios encargados de realizar la inspección fiscal podrían detectar que no se ha presentado el 720 y, por consiguiente, iniciar un procedimiento sancionador ante el incumplimiento de las obligaciones fiscales por parte del contribuyente.

Por lo tanto, es muy importante presentar el 720 dentro del plazo establecido por la normativa tributaria correspondiente para evitar problemas fiscales futuros que puedan derivar en sanciones y multas económicas.

¿Quién está obligado a declarar bienes en el extranjero?

En España, cualquier persona física o jurídica que tenga bienes o derechos en el extranjero, superiores a los 50.000 euros, está obligada a declararlos a la Agencia Tributaria.

Esta obligación se extiende a todos los tipos de bienes, tales como cuentas bancarias, acciones, inmuebles, negocios, vehículos, obras de arte o joyas, y se aplica tanto a residentes como a no residentes en España.

Es importante señalar que esta obligación no implica necesariamente el pago de impuestos, ya que el objetivo principal de la declaración es prevenir el fraude fiscal. Sin embargo, si se omiten bienes importantes en la declaración, esto puede conllevar sanciones y multas significativas por parte de la Agencia Tributaria.

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